SE DEBE EMPODERAR A LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD PĂBLICA, CON LA FINALIDAD DE QUE PUEDAN REALIZAR DE MEJOR MANERA SU TRABAJO.
SE DEBE EMPODERAR A LOS ELEMENTOS DE SEGURIDAD PĂBLICA, CON LA FINALIDAD DE QUE PUEDAN REALIZAR DE MEJOR MANERA SU TRABAJO.
LA REFORMA AL ARTĂCULO 57 DE LA LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD PĂBLICA DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSĂ BUSCA QUE SE LES BRINDE APOYO Y ORIENTACIĂN PSICOLĂGICA Y ASISTENCIAL EN MATERIA DE SALUD MENTAL Y EMOCIONAL. DIP. EDGARDO HERNĂNDEZ CONTRERAS.
A travĂŠs de reformas de ley eficientes debemos empoderar y ampliar los derechos de los elementos que integran los cuerpos de seguridad pĂşblica, y para llegar a ese objetivo se busca: establecer como derecho de quienes integren los cuerpos de seguridad pĂşblica, sean beneficiarios del apoyo y orientaciĂłn psicolĂłgica y asistencial en materia de salud mental y emocional.Â
AsĂ dio a conocer el diputado Edgardo HernĂĄndez Contreras mediante la iniciativa de reforma y adiciones al artĂculo 57 de la Ley del Sistema de Seguridad PĂşblica del Estado de San Luis PotosĂ, que establece que a travĂŠs de una adecuada atenciĂłn y orientaciĂłn a los elementos policiacos, se lograrĂĄ un mayor combate a la delincuencia y por ende mĂĄs seguridad para la poblaciĂłn de nuestra entidad.
Dijo que hoy en dĂa las altas condiciones de estrĂŠs excesivo dan como manifiesto una serie de lesiones o afectaciones en la salud fĂsica y en la salud mental, el trabajo de los elementos es considerado una profesiĂłn de alto estrĂŠs, ya que estĂĄn expuestos a situaciones violentas, nocivas y exigentes.Â
Asimismo el combate al crimen organizado ha sido posicionado como tema prioritario por el gobierno, en el marco de una estrategia de seguridad pĂşblica, hasta ahora fallida, y que ha puesto sobre la agenda el debate sobre la eficacia de la actuaciĂłn de los cuerpos de seguridad.Â
HernĂĄndez Contreras dijo que de acuerdo con el maestro Francisco GutiĂŠrrez RodrĂguez, director del Centro de EvaluaciĂłn e InvestigaciĂłn PsicolĂłgica, el enfrentar en la vida cotidiana la violencia, delincuencia y crimen organizado, ademĂĄs de que en la mayorĂa de los casos laboran mĂĄs de 15 horas diarias y pese a ello no se recibe atenciĂłn psicolĂłgica, pero si un arma de fuego como principal elemento de trabajo. Los policĂas y demĂĄs elementos, aĂşn y cuando con los responsables de mantener el orden pĂşblico y las seguridades de los ciudadanos, carecen de la misma durante su vida profesional afectando considerablemente la salud, promoviendo incluso el suicidio.
El estrĂŠs, contrae muchas complicaciones tanto fĂsicamente como en lo mental y emocional. Complicaciones que son desde la disminuciĂłn del rendimiento por desgaste corporal hasta procesos de parĂĄlisis por miedo, sensaciĂłn de indefensiĂłn, desesperanza y fatalismo, pasando por la pĂŠrdida de la capacidad analĂtica del pensamiento, pĂŠrdida de memoria y pensamientos de distracciĂłn intrusiva, es decir, la creaciĂłn e instauraciĂłn del SĂndrome de Burnout, el sĂndrome del desgaste profesional, el cual es el principal enemigo de los trabajas de alto riesgo, y se considera como preponderante en servicios sanitarios, sociales y de seguridad pĂşblica.
Remarcó que en un verdadero marco de seguridad, se necesitan elementos eficientes con buena salud mental para que hagan su trabajo y no hay quien se preocupe por esto, no existe capacidad en manejo de tÊcnicas de estrÊs y la orientación psicológica, elementos que deben ser vistos como exclusivos para que los agentes puedan desarrollarse, siendo asà que las autoridades demuestran poca sensibilidad al no tener un gabinete de atención psicológica que brinde tratamiento mÊdico.
AĂąadiĂł que quienes conforman los cuerpos de seguridad se encuentran en una encrucijada: por un lado, el hacer valer y cumplir la ley y por otro, el realizar esa labor de una forma orientada a la sociedad, manteniendo la paz pĂşblica y la procuraciĂłn de justicia.
Finalmente el diputado Edgardo HernĂĄndez Contreras aĂąadiĂł que la reforma a la fracciĂłn XVI del artĂculo 57 y la adiciĂłn de la fracciĂłn XVII al mismo artĂculo de la Ley del Sistema de Seguridad PĂşblica del Estado m Municipios de San Luis PotosĂ, seĂąala que los elementos policiacos deberĂĄn recibir orientaciĂłn, asesorĂa y tratamiento psicolĂłgico, lo cual deberĂĄ de ser otorgado por la instituciĂłn de seguridad pĂşblica a la que pertenezcan.
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