PRESENTAN INICIATIVA DE REFORMA A LA LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES PĂBLICAS DEL ESTADO
SE BUSCA GARANTIZAR QUE LAS NOTIFICACIONES EN LOS EMPLAZAMIENTOS LABORALES, SE LLEVEN A CABO EN TIEMPO Y FORMA: DIP. CĂNDIDO OCHOA ROJAS.
El diputado CĂĄndido Ochoa Rojas, presentĂł una iniciativa de reforma a la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones PĂşblicas del Estado de San Luis PotosĂ, para garantizar que las notificaciones en los emplazamientos, se lleven a cabo en tiempo y con ello generar el que la administraciĂłn de justicia se imparta de manera pronta.
El mandato contenido en el segundo pĂĄrrafo del artĂculo 17 de la ConstituciĂłn PolĂtica de los Estados Unidos Mexicanos, estĂĄ encaminado a asegurar que las autoridades encargadas de administrar justicia, lo hagan de manera pronta, completa e imparcial.
En acatamiento a la garantĂa individual de acceso a la imparticiĂłn de justicia, presentĂł la iniciativa ya que si bien en el mismo se establece una obligaciĂłn a cargo de la autoridad consistente en ordenar que se notifique personalmente a las partes con diez dĂas de anticipaciĂłn a la fecha de la audiencia y sin la cual no es posible llevar a cabo el desahogo de la misma; sin embargo, la falta de esa notificaciĂłn, no le genera ninguna consecuencia legal a la autoridad laboral burocrĂĄtica y sĂ en cambio genera un retardo en la imparticiĂłn de justicia en perjuicio del demandante de justicia.
El diputado CĂĄndido Ochoa dijo que âpara evitar ello, es que se plantea que ante la no realizaciĂłn injustificada de esta notificaciĂłn, con independencia que de oficio se vuelva a reprogramar, tambiĂŠn le genere al responsable de ello, esto es al notificador, una consecuencia legal, que serĂĄ la responsabilidad en los tĂŠrminos que seĂąala la propia leyâ.
âGenerando consecuencias legales por la no notificaciĂłn en tiempo, es que se propiciara que el emplazamiento que se hace de oficio, se lleve a cabo oportunamente como debe ser. Y es que si no hay una repercusiĂłn para el notificador, no le preocuparĂĄ el hacerla o no, aun y cuando ello sea su obligaciĂłn.
Por lo que al modificarse el precepto legal relacionado en la forma y tĂŠrminos que se pretende, se tendrĂĄ mĂĄs garantĂa de que las notificaciones en los emplazamientos, sĂ se lleven a cabo en tiempo y con ello generar el que la administraciĂłn de justicia se imparta de manera prontaâ, puntualizĂł.
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