PLANTEAN REFORMAS A LA LEY DEL TRANSPORTE PARA EVITAR CONFLICTOS EN AUMENTOS DE LAS TARIFAS DEL TRANSPORTE PĂBLICO.
LA MODERNIZACIĂN Y MEJORAR LA CALIDAD DEL TRANSPORTE PĂBLICO DEBE SER UN TRABAJO PERMANENTE: DIP. ROLANDO HERVERT LARA.
El vicepresidente de la ComisiĂłn de Comunicaciones y Transportes de la LXII Legislatura, diputado Rolando Hervert Lara, reconociĂł que la aplicaciĂłn del ajuste a las tarifas del transporte pĂşblico para este aĂąo es inevitable, tomando en cuenta que la Ley del Transporte lo contempla en base a la aplicaciĂłn de una fĂłrmula y una serie de componentes que fueron establecidos por la anterior legislatura local.
El legislador informĂł que presentĂł una iniciativa de reforma a la Ley del Transporte con el fin de enriquecer el mecanismo que permitirĂa evitar conflictos y controversias entre el sector del transporte para generar una mayor equidad en busca de una tarifa justa a partir del prĂłximo aĂąo.
La propuesta que fue planteada y serĂĄ analizada al interior de la ComisiĂłn de Comunicaciones y Transportes del Congreso del Estado, contempla en su artĂculo 79, la revisiĂłn de los factores que determinen el ajuste a las tarifas de los servicios de transporte pĂşblico, se aplique durante el mes de enero de cada aĂąo, por parte de un ComitĂŠ TĂŠcnico constituido para este fin.
En su artĂculo 80, se plantea que el ComitĂŠ TĂŠcnico estarĂĄ integrado; I.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, quien lo presidirĂĄ. AdemĂĄs de los directores General de Comunicaciones y Transportes y de Transporte Colectivo Metropolitano, quienes fungirĂĄn como Secretarios TĂŠcnicos en cada caso y segĂşn lo determine el Secretario.
III.- El representaste de los concesionarios de cada modalidad a revisar o su suplente, los que serĂĄn insaculados previa convocatoria que lleve a cabo la Secretaria;
IV.- El representante de las organizaciones estudiantiles o el suplente, los que serĂĄn insaculados previa convocatoria que lleve a cabo la Secretaria de Comunicaciones y Transportes; En la insaculaciĂłn de los representantes de concesionarios y representantes de organizaciones estudiantiles, se nombrarĂĄ un propietario y un suplente. El cargo de integrante del ComitĂŠ TĂŠcnico serĂĄ honorifico.
En lo que corresponde al artĂculo 81.- El ComitĂŠ TĂŠcnico revisarĂĄ los incrementos al precio de los combustibles utilizados por la modalidad de que se trate de acuerdo con la informaciĂłn que para cada tipo de combustible da a conocer la ComisiĂłn Reguladora de EnergĂa para el Estado de San Luis PotosĂ, asĂ como los del Ăndice Nacional de Precios al Productor que corresponda a la modalidad, dado a conocer por el Instituto Nacional de GeografĂa EstadĂstica e InformĂĄtica, acumulados durante el aĂąo anterior.
El diputado Rolando Hervert Lara, expuso que la propuesta tambiĂŠn contempla que el ajuste de las tarifas, serĂĄ el equivalente de aplicar el porcentaje del incremento al combustible mĂĄs el Ăndice nacional de precios al productor, acumulados en el aĂąo inmediato anterior. Cuando del incremento resulten tarifas cuyo importe comprendan fracciones de la unidad monetaria que no sean mĂşltiplos de cincuenta centavos se ajustarĂĄ el monto del importe de las tarifas, al mĂşltiplo de cincuenta centavos mĂĄs prĂłximo.
Por lo anterior, una vez que los incrementos que resulten a las tarifas, la Secretaria de Comunicaciones y Transportes los remitirĂĄ para su publicaciĂłn en el PeriĂłdico Oficial del Estado y la nueva tarifa comenzarĂĄ a aplicarse el Ăşltimo sĂĄbado de enero de cada aĂąo.
Por Ăşltimo, reconociĂł que si bien es cierto que cualquier ajuste afecta la economĂa de las personas, tambiĂŠn es cierto que no se puede eludir la responsabilidad de aplicarlo a las tarifas del transporte pĂşblico, pues de
lo contrario se pondrĂa en riesgo la calidad del servicio que se brinda a los usuarios.
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