Cargando ahora

APRUEBA EL PLENO REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE PARA CREAR EN CADA MUNICIPIO LA INSTANCIA MUNICIPAL DE LAS MUJERE

CON ESTO PERMITIRÁ SU PLENA INCORPORACIÓN A LA VIDA ECONÓMICA, POLÍTICA, CULTURAL Y SOCIAL

DEBERÁ PROMOVERSE LA PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LA TOMA DE DECISIONES, PLANES Y PROGRAMAS DE GOBIERNO DE LOS MUNICIPIOS

El pleno del Congreso del Estado aprobĂł reformas a la Ley OrgĂĄnica del Municipio Libre para que sea creada en cada municipio la Instancia Municipal de las Mujeres, desde donde se promoverĂĄ su desarrollo para lograr la plena incorporaciĂłn a la vida econĂłmica, polĂ­tica, cultural y social de los municipios y mejorar su condiciĂłn social en un marco de igualdad entre los gĂŠneros.

El dictamen presentado por las comisiones de Puntos Constitucionales y Derechos Humanos, Igualdad y GĂŠnero establece que la titular de la Instancia Municipal de las Mujeres en cada municipio, serĂĄ elegida por el ayuntamiento en sesiĂłn de cabildo, proponiendo para su Ăłptimo desempeĂąo a una mujer mayor de 18 aĂąos, originaria del Municipio que representa y que se destaque en su comunidad por sus actividades a favor del desarrollo social de su lugar de origen.

La Instancia tendrĂĄ entre sus atribuciones promover la perspectiva de gĂŠnero mediante la participaciĂłn de las mujeres en la toma de decisiones respecto del diseĂąo de los planes, y los programas de gobierno del municipio. Promover la capacitaciĂłn y actualizaciĂłn de servidoras y servidores pĂşblicos responsables de emitir polĂ­ticas pĂşblicas de cada sector del Municipio, sobre herramientas y procedimientos para incorporar la perspectiva de gĂŠnero en la planeaciĂłn de procesos de programaciĂłn presupuestal.

Brindar orientaciĂłn y asesorĂ­a a mujeres que asĂ­ lo requieran por haber sido vĂ­ctimas de violencia o cualquier otra forma de discriminaciĂłn por razĂłn de gĂŠnero. Promover ante las autoridades del sector salud campaĂąas de prevenciĂłn y atenciĂłn de salud de la mujer. Coadyuvar con el municipio para integrar el apartado relativo al programa operativo anual de acciones gubernamentales en favor de las mujeres, que deberĂĄ contemplar sus necesidades bĂĄsicas en materia de trabajo, salud, educaciĂłn, cultura, participaciĂłn polĂ­tica, desarrollo y todas aquellas en las cuales la mujer deba tener una participaciĂłn efectiva.

Coordinar los trabajos del tema de mujeres entre el municipio o ayuntamiento con el Gobierno del Estado, a fin de asegurar la disposiciĂłn de datos, estadĂ­sticas, indicadores y registro en los que se identifique por separado informaciĂłn sobre hombres y mujeres, base fundamental para la elaboraciĂłn de diagnĂłsticos, municipales, regionales y del Estado. Promover y concertar acciones apoyos y colaboraciones con los sectores social y privado como mĂŠtodo para unir esfuerzos participativos en favor de una polĂ­tica pĂşblica de igualdad entre hombres y mujeres.

La brecha que existe para alcanzar la igualdad entre las mujeres y los hombres es aĂşn muy amplia, y lo serĂ­a mĂĄs si el Estado no actĂşa para acortarla. Por ello es preciso seguir trabajando para brindarles espacios seguros y de empoderamiento progresivo, que como parte de las acciones afirmativas en favor de la mujer propicien su adecuada inmersiĂłn en el proceso de toma de decisiĂłn de todo tipo de acciones en la Entidad.

Comparte esta noticia