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IMPULSAN ALTERNATIVAS PARA QUE EL REGISTRO PÚBLICO DE LA PROPIEDAD Y LOS NOTARIOS PUEDAN REALIZAR ACTIVIDADES DURANTE CONTINGENCIAS

LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19, TAMBIÉN AFECTA EL FUNCIONAMIENTO DE ESTAS ACTIVIDADES.

DIP RICARDO VILLARREAL LOO, IMPULSA INICIATIVA DE REFORMA A LA LEY DEL REGISTRO PÚBLICA DE LA PROPIEDAD Y DEL CATASTRO PARA EL ESTADO Y MUNICIPIOS Y A LA LEY DEL NOTARIADO PARA EL ESTADO

Para posibilitar que el Registro PĂşblico de la Propiedad y los Notarios puedan realizar actividades durante un estado de emergencia o imposibilidad de prestar servicios presenciales, y tambiĂŠn de forma ordinaria, el diputado Ricardo Villareal Loo, presentĂł una iniciativa para reformar la Ley del Registro PĂşblica de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis PotosĂ­ y a la Ley del Notariado para el Estado de San Luis PotosĂ­.

Expuso que el servicio notarial, es una funciĂłn de orden pĂşblico que es delegada a los particulares que son depositarios de la fe pĂşblica, y se encarga de sancionar distintos actos, aquellos efectuados entre particulares, siendo una parte importante de la concreciĂłn del servicio civil, incluidos actos no contenciosos, y que en su conjunto son de vital importancia para el orden social.

Sin embargo, estos servicios también se han detenido durante la presente pandemia global causada por el virus COVID-19, por lo que sus importantes funciones, que atañen tanto al gobierno como al común de los ciudadanos, se han suspendido. “El cese de funciones afecta tanto a la vida civil como a la económica, ya que están suspendidas todas las funciones inmobiliarias, así como las acciones entre particulares”, añadió.

El legislador dijo que por esos motivos, se promueve esta iniciativa, cuyo fin es habilitar la reanudaciĂłn de funciones, dentro de las

posibilidades prácticas, mediante la implementación de trámites digitales a distancia para estos dos servicios. “Dentro de la característica general de la Ley se comprende su capacidad para anticiparse a diversos supuestos, por lo que esta iniciativa no aspira solo a ofrecer una solución para la contingencia actual, sino que los mecanismos se vuelvan parte de la Ley, y puedan ser utilizados por la ciudadanía, de manera regular, al igual que otras gestiones estatales, y que puedan así ser de utilidad en otras emergencias”.

Respecto a la Ley del Registro PĂşblico de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis PotosĂ­, se debe contemplar que ya cuenta con las disposiciones referentes a la firma electrĂłnica, que es vital para todos los trĂĄmites digitales.

AdemĂĄs, se propone que los trĂĄmites realizados por este medio, gocen de plena validez legal, mientras sean llevados en observancia de la normatividad aplicable; para eso, los servidores pĂşblicos del Registro podrĂĄn utilizar su firma digital en cualquier documento emitido en el cumplimiento de sus funciones. TambiĂŠn, para su Ăłptimo funcionamiento, se deberĂĄn reconocer certificados y documentos digitales expedidos en conformidad con las leyes aplicables.

Por Ăşltimo, el diputado Ricardo Villareal Loo, puntualizĂł que la iniciativa que plantea busca Reformar la fracciĂłn XIII, y se Adiciona fracciĂłn XLIV al artĂ­culo 4Âş, se Adiciona artĂ­culo 5Âş BIS, se Adiciona artĂ­culo 5Âş TER, se Reforma artĂ­culo 7Âş, se Adiciona nuevo CapĂ­tulo VII denominado Del Sistema Digital del Registro PĂşblico de la Propiedad y Catastro integrado por los artĂ­culos 46 BIS a 46 Sexies, al TĂ­tulo Segundo, con lo que se recorre la numeraciĂłn de los CapĂ­tulos subsecuentes, y se Adiciona nueva fracciĂłn XXV al artĂ­culo 152, con lo que el contenido de la actual fracciĂłn XXV se recorre a la XXVI; todos de y a la Ley del Registro PĂşblico de la Propiedad y del Catastro para el Estado y Municipios de San Luis PotosĂ­.

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