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Aprobada reforma constitucional sobre revocación de mandato

En Sesión Ordinaria, fue aprobada por mayoría de 18 votos a favor, 1 abstención y 7 votos en contra, la Minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artículos, 35, 36, 41, 81, 84, 99, 116, y 122, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de consulta popular; y revocación de mandato.

Se indica que el objetivo de estas reformas es  el instituir y regular el derecho de los ciudadanos a participar en los procesos de revocación de mandato, así como de consulta popular, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Fortalecer la figura de la consulta popular, como instrumento de participación democrÔtica.

Otorgar a las y los ciudadanos el derecho de ejercer una acción de término anticipado del mandato del Presidente, particularmente cuando su actuación o desempeño, es deficiente, comete actos de corrupción, afecta gravemente el erario público, entre otros.

Garantizar el derecho de las y los ciudadanos a la libre decisión de mantener o cesar en su cargo a un servidor público electo democrÔticamente, antes de que termine su mandato.

Establecer normas generales mediante las cuales es posible instaurar el procedimiento para la revocación de mandato del Presidente de la República, mediante la solicitud de los ciudadanos ante el Instituto Nacional Electoral quien convocarÔ al proceso para la revocación.

Incentivar la participación de las y los ciudadanos en la vida democrÔtica, así como un instrumento para ejercer dicho control.

También se aprobó por unanimidad de 26 votos, expedir la nueva Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de San Luis Potosí, la cual establece los principios y criterios que desde la perspectiva de género orientarÔn la elaboración de presupuestos públicos, las políticas públicas para reconocer y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia que favorezca su desarrollo y bienestar.

Esta legislación integra al glosario la definición de conceptos como misoginia, y noviazgo; y se establecen los tipos de violencia; y los Ômbitos en los que ocurre. AdemÔs, establece la necesidad de mantener capacitado al personal de las diferentes dependencias que atienden a las víctimas de violencia.

Incluye acciones de prevención de la violencia obstétrica, define la  violencia docente e identifica al sujeto activo que la inflige como el personal docente o el administrativo, y cubre otros derechos como la libertad y la integridad.

En este contexto, se pone especial énfasis en el carÔcter urgente de las órdenes de protección reguladas por esta Ley y sugiere la posibilidad de reexpedición en caso de no cesar la violencia que las originó o para salvaguardar la vida, integridad, libertad y seguridad de las mujeres y niñas en situación de violencia, así como de las víctimas indirectas en situación de riesgo.

AdemÔs,  se integra al Sistema Estatal para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres, a la Secretaría de Finanzas de Gobierno del Estado, para que colabore en la asesoría a las dependencias integrantes del Sistema para asegurar la transversalidad de género.

También fue aprobada por unanimidad de 26 votos a favor,  la reforma a los artículos, 38, 40, y 41 en su pÔrrafo primero, y en sus fracciones, II, y IV, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí.

Estas reformas tienen como fin el adecuar la legislación con otras normas vigentes, y establecer que en la elección del titular del órgano interno de Control de la CEGAIP, se observen los requisitos establecidos para su nombramiento, así como un sistema que garantice la igualdad de oportunidades en el acceso a la función pública con base en el mérito, y los mecanismos idóneos y eficientes para su adecuada profesionalización, atrayendo a los mejores candidatos para ocupar los puestos, a través de procedimientos transparentes, objetivos y equitativos.

Fueron turnados para su anƔlisis a las distintas comisiones legislativas, las iniciativas planteadas por los diputados de la LXII Legislatura, asƭ como la correspondencia recibida por parte del mismo Poder Legislativo y los ayuntamientos.

Agotados los asuntos, se citó a Sesión Ordinaria para el próximo jueves 25 de noviembre de 2019, a las 10:00 horas en el Salón ā€œPonciano Arriaga Leijaā€.

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