IMPULSAN MODIFICACIONES PARA NOMBRAMIENTO Y RATIFICACIÓN DE MAGISTRADOS.

IMPULSAN MODIFICACIONES PARA NOMBRAMIENTO Y RATIFICACIÓN DE MAGISTRADOS.

DIP. OSCAR VERA FÁBREGAT PRESENTÓ INICIATIVA PARA MODIFICAR LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO Y LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO.

El diputado Oscar Vera Fábregat, presentó una iniciativa que modifica el artículo 17 en su fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y el artículo 8°, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, con el objetivo de modificar el procedimiento en los nombramientos y ratificación de los magistrados numerarios y supernumerarios del Supremo Tribunal de Justicia del Estado.

En su exposición de motivos explicó que a través de la reforma se pretende establecer un procedimiento idóneo, que permita otorgar certeza y legalidad jurídica, pues en la actualidad en nuestro país, se requiere del establecimiento de medidas y normas, que permitan a la ciudadanía, tener la confianza en las instituciones y los Poderes del Estado.

Vera Fabregat dijo que, realizar las adecuaciones pertinentes en relación a la elección de los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, permitirá que el Poder legislativo pueda también proponer ternas para ocupar dichos cargos y con ello garantizar la plenitud del principio de la división de Poderes y la independencia judicial.

Recalcó que también se busca fortalecer la autonomía y las facultades de decisión del Poder Judicial, garantizando un procedimiento que permita la elección de los mejores perfiles para ocupar tan importantes cargos dentro del Poder Judicial del Estado, por lo que se pretende que sea una facultad compartida en igualdad de condiciones y circunstancias, entre el Poder Ejecutivo y el Legislativo, como garantes del sistema de pesos y contrapesos.

La propuesta determina que, los procedimientos para la elección y ratificación serán los siguientes: a) Para la elección de las dieciséis magistraturas numerarias y las quince magistraturas supernumerarias, el Congreso del Estado y el Gobernador constitucional, propondrán ternas de manera alternada, respecto del número de cargos por cubrir, y serán electos por el voto de cuando menos las dos terceras partes de los diputados presentes del Congreso, la Legislatura hará la elección respectiva en el término de treinta días.

La iniciativa fue turnada a comisiones para su estudio y posteriormente ser votada en el pleno del Congreso del Estado.

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