A partir del sábado, prohibidos los bloqueadores de celulares

A partir del sábado, prohibidos los bloqueadores de celulares

CIUDAD DE MÉXICO.

Este sábado entra en vigor la prohibición de usar, fabricar, comercializar y poseer bloqueadores de señales de celulares.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó el decreto por el que se formaliza la prohibición de usar, fabricar, comercializar o poseer bloqueadores (conocidos como jammers) o dispositivos que anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen.

Aquellas personas que violen la disposición serán sentenciadas a penas entre los 12 a 15 años y de 15 a 18 años si el delito lo comente un servidor público.

El nuevo mandato deja únicamente a los centros de readaptación social excluidos de este cumplimiento que entrará en vigor este sábado 25 de enero de 2020, con la advertencia de que los particulares que posean estos dispositivos tienen 30 días para entregarlos a Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, destruirlos o excluirlos del país.

 

“Convergencias y Divergencias”, se trata del decreto por el que se adicionan el artículo 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y el artículo 168 ter al Código Penal Federal.

El Artículo 190 Bis indica que “Queda prohibida la fabricación, comercialización, adquisición, así como la instalación, portación, uso y operación de equipos que bloqueen, cancelen o anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen”.

Se precisa que “Con excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, se podrá instruir la fabricación, comercialización, adquisición, instalación, portación para el uso y operación por parte de las autoridades encargadas de los centros de reinserción social, establecimientos penitenciarios o centro de internamiento para menores, para efectos de lo dispuesto por la fracción VIII del artículo 190 de esta Ley, así como para el uso y operación de los mismos por parte de las instancias de seguridad pública federales y de seguridad nacional en cumplimiento de sus atribuciones”.

En cuanto a las sanciones que se imponen por las violaciones de este nuevo ordenamiento, el Artículo 168 ter, del Código Penal Federal, indica que “se sancionará con pena de doce a quince años de prisión, a quien fabrique, comercialice, adquiera, instale, porte, use u opere equipos que bloqueen, cancelen o anulen las señales de telefonía celular, de radiocomunicación o de transmisión de datos o imagen con excepción de lo establecido en el segundo párrafo del artículo 190 Bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”.

CATEGORIA
Etiquetado en:

NOTICIAS RELACIONADAS

VALORA EL BANCO DE MÉXICO PONER EN CIRCULACIÓN UN BILLETE DE 2 MIL PESOS

Margarito Rangel- Oct 21 de 2021 0

El Banco de México (Banxico) ha dejado abierta la posibilidad de emitir un billete de dos mil pesos en 2023, con las imágenes de los ... Leer más...

HOY SE PODRÁ OBSERVAR LA “LUNA DE SANGRE”

Redacción- Oct 21 de 2021 0

¡No te lo pierdas! Es hoy!!! HOY SE PODRÁ OBSERVAR LA "LUNA DE SANGRE"...EL INCREÍBLE FENÓMENO QUE ILUMINARÁ EL CIELO La noche de hoy, miércoles ... Leer más...

Variante Lambda de covid-19 evade efecto protector de vacunas, según estudio.

Redacción- Ago 26 de 2021 0

“Se han notificado hasta ahora 96 casos de pacientes con variantes diferentes al virus del SARS-CoV-2, de los cuales el 48 por ciento (46) pertenecen ... Leer más...

BANXICO ESTÁ ALISTANDO LA CIRCULACIÓN DE DOS NUEVOS BILLETES…UNO DE 20 Y OTRO DE 50 PESOS

Margarito Rangel- Ago 25 de 2021 0

El Banco de México (Banxico) está alistando la circulación de dos nuevos billetes, uno de 20 y otro de 50 pesos que pronto estarán en ... Leer más...

COMENTARIOS

Wordpress (0)