REFORMA PARA QUE EN TODAS LAS NUEVAS CONSTRUCCIONES, SE SIEMBRE CUANDO MENOS UN ÁRBOL

REFORMA PARA QUE EN TODAS LAS NUEVAS CONSTRUCCIONES, SE SIEMBRE CUANDO MENOS UN ÁRBOL

SESIONA LA COMISIÓN DE DESARROLLO TERRITORIAL Y APRUEBA QUE LOS DIRECTORES DE OBRA PÚBLICA NO DEBAN PAGAR EL AVISO DE TERMINACIÓN DE OBRA PARA OBTENER EL REFRENDO DE SU LICENCIA: DIPUTADO ROLANDO HERVERT LARA

 

TAMBIÉN APRUEBAN REFORMA PARA QUE EN TODAS LAS NUEVAS CONSTRUCCIONES, SE SIEMBRE CUANDO MENOS UN ÁRBOL

 

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Desarrollo Territorial Sustentable aprobaron por unanimidad una reforma a la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano para el Estado de San Luis Potosí para establecer que no será causa de negativa de registro o refrendo, la falta de conclusión del trámite para obtener el acta de terminación de obra por parte del propietario de una obra o proyecto.

 

Bastará con que el Director Responsable de Obra (DRO) presente ante la Dirección Municipal correspondiente, el aviso de terminación de obra, a fin de que, el propietario de la misma, pueda concluir el trámite y obtener el acta de terminación de obra o proyecto respectivo, informó el diputado Rolando Hervert Lara quien presidente esta Comisión y presentó la iniciativa de reforma.

 

“La Ley vigente señala que es obligación para el DRO, obtener de la dirección municipal correspondiente el acta de terminación de obra o proyecto respectivo, por lo que en principio es importante mencionaren todo caso, que el acta de terminación de obra no es más que el documento que da por concluida la Licencia de Construcción, y la cual se tramita ante la dirección municipal correspondiente. Ahora bien, hoy por hoy, cuando el DRO incumple con esta obligación, los ayuntamientos a través de su dirección municipal les niegan el registro o refrendo imposibilitándolos para poder ejercer como DRO y cabe mencionar que el pago del acta anterior es obligación y corre a cargo del propietario de la obra o proyecto, sin embargo en ocasiones los DRO se presentan con el inconveniente de que los propietarios no realizan el pago, y por ende ellos son castigados al negárseles el refrendo para su habilitación”.

 

Antes el DRO hacia el pago correspondiente que no rebasaba los 500 pesos en promedio pero se reformó la Ley de Ingresos de los municipios y ahora el pago se hace por metro cuadrado, de tal suerte que en algunos casos rebasa los 200 mil pesos; los legisladores recibieron múltiples propuestas de integrantes del colegios de ingenieros, arquitectos y edificadores pidiendo la modificación legal, que finalmente se concretó.

 

Hervert Lara dijo que la obligación impuesta al DRO para culminar con el trámite administrativo teniendo como obligación presentar el acta de terminación de obra, depende totalmente del pago que el propietario de la obra o proyecto realice, lo que en consecuencia resulta injusto para el DRO, por ser sujeto a una negación de refrendo para su habilitación. Ahora, la responsabilidad del pago recaerá en el propietario del inmueble y no será factor que afecte el refrendo para el DRO.

 

Asimismo los legisladores aprobaron adiciones al artículo 315 en su fracción IV el inciso g), de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí, para establecer que en todas las nuevas construcciones que se realicen dentro del Estado de San Luis Potosí, se siembre cuando menos un árbol en la misma.

 

“Se sembrará cuando menos un árbol en cada nueva construcción, de preferencia se hará en la acera frontal, para tal efecto deberá seleccionar especies que no causen un daño o desperfecto a la infraestructura de la vía pública; asimismo se privilegiará las especies de árboles nativas de la región y la eficiencia para la absorción de CO2”, establece el dictamen.

 

El artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala: “Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por esta Ley”; por lo que, a partir de la interpretación sistemática del artículo primero constitucional, el Estado se convierte en garante de este derecho para todos los habitantes del territorio nacional.

 

El sembrar mínimo un árbol, conservarlo, protegerlo, en las nuevas construcciones que se realicen dentro del Estado, principalmente en los nuevos desarrollos habitacionales, contribuirá a salvaguardar el equilibrio ecológico, coadyuvará al mejoramiento de la salud pública y calidad de vida de los potosinos, estable la exposición de motivos.

 

También se rechazó una iniciativa de reforma a la Ley de Ordenamiento Territorial que proponía el retiro de todo el cableado de telecomunicaciones de la infraestructura urbana, por la contaminación visual que genera; en la Ley Ambiental ya se considera el tema y además, el cableado es propiedad del ámbito federal.

 

En la reunión de la Comisión que se llevó a cabo por la vía virtual, estuvieron el diputado Rolando Hervert Lara como presidente y los legisladores Sonia Mendoza Díaz, Mauricio Ramírez Konishi y Emanuel Ramos Hernández.

 

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