EL GOBIERNO DEL ESTADO Y AYUNTAMIENTOS ESTÁN OBLIGADOS A GARANTIZAR EL LIBRE EJERCICIO DEL PERIODISMO.

EL GOBIERNO DEL ESTADO Y AYUNTAMIENTOS ESTÁN OBLIGADOS A GARANTIZAR EL LIBRE EJERCICIO DEL PERIODISMO.

CONGRESO DEL ESTADO EXHORTA A LOS 58 AYUNTAMIENTOS A REALIZAR CAMPAÑAS DE SENSIBILIZACIÓN ENTRE SUS FUNCIONARIOS DE RESPETO A LA LABOR DE LOS PERIODISTAS.

El pleno del Congreso del Estado aprobó el Punto de Acuerdo pomovido por la Comisión Especial de Atención a Periodistas, para exhortar a los 58 ayuntamientos de la entidad para que lleven a cabo campañas de sensibilización permanentes entre sus funcionarios en torno al respeto de la labor de los periodistas en cada una de esas demarcaciones territoriales, así como de difundir entre el personal de los mismos las prerrogativas mínimas para el ejercicio de la libertad de expresión y en general del desempeño de la profesión de este grupo en situación de vulnerabilidad.

La diputada Beatriz Eugenia Benavente Rodríguez, presidenta de la Comisión Especial de Atención a Periodistas, señaló que este Punto de Acuerdo contempla que los 58 ayuntamientos tendrán que informar al Congreso del Estado de las acciones que realicen en favor del ejercicio de la profesión de los periodistas.

Benavente Rodríguez, indicó que se han presentado casos diversos de periodistas que sufren agresiones por parte del personal que labora en dependencias públicas, siendo uno de los aspectos más recurrentes, lo acontecido en los ayuntamientos del Estado, entidades gubernamentales de suma importancia en el desarrollo democrático del país, pero donde hace falta redoblar esfuerzos en torno a la tutela de los derechos humanos de las y los periodistas,

Señaló que de acuerdo a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Estado tiene la obligación de atender la situación especial en que se

encuentran los periodistas, siendo éste un grupo identificado como en situación de vulnerabilidad, razón por la que, tal responsabilidad conlleva la aplicación de acciones en materia de prevención y protección, por ende, el no llevar a cabo acciones atinentes que garanticen el ejercicio de la profesión de este grupo puede resultar en una omisión y por tanto, en una falta a las obligaciones consignadas por el Estado Mexicano en Materia de Derechos Humanos.

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