Reforma a legislación para prohibir envases de unicel en establecimientos
La Comisión de EcologĆa y Medio Ambiente de la LXII Legislatura, aprobó la iniciativaĀ de reforma a la Ley Ambiental del Estado de San Luis PotosĆ, para prohibir el uso de envases de un solo uso, conocidos como de unicel, para el consumo de bebidas o alimentos en establecimientos comerciales y mercantiles.
TambiĆ©n se aprobó la iniciativa para el mejoramiento de sistemas de recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos y residuos de manejo especial implementando su recolección por dĆas diferenciados, para cada tipo de residuo sólido.
En la sesión de trabajo de la Comisión de EcologĆa y Medio Ambiente del Congreso del Estado, estuvieron el presidente diputado CĆ”ndido Ochoa Rojas, la vicepresidenta diputada Beatriz Eugenia Benavente RodrĆguez y el secretario diputado Oscar Vera Fabregat.
En lo que se refiere la prohibición de unicel, la Comisión de EcologĆa y Medio Ambiente, aprobó la reforma al artĆculo 107 en sus fracciones, VIII y IX y pĆ”rrafo penĆŗltimo; y adiciona,Ā al mismo artĆculo 107 deĀ la fracción X, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis PotosĆ.
Se plantea que en la fracción X, la prohibición del uso de envases de un solo uso, conocidos como de unicel, para el consumo de bebidas o alimentos en establecimientos comerciales y mercantiles.
Se seƱala que las disposiciones establecidas en los artĆculos, 104 fracción V inciso c), y 107 fracciones IX y X de esta Ley, no son aplicables en el uso de bolsas de empaque o productos de origen, para conservación de alimentos, para uso mĆ©dico y cien por ciento biodegradables y compostables.
Los legisladores destacaron que esta propuesta tiene el objeto de buscar la reducción, sustitución y reciclamiento del unicel mediante polĆticas de concientización y centros de acopio.
De acuerdo a la opinión del catedrĆ”tico de la Facultad de Derecho, Manuel Alejandro Lizardi JimĆ©nez, se advierte que uno de los elementos mĆ”s contaminantes del planeta es el unicel, cientĆficamente denominado poliestireno expandido, pues este material es usado para la elaboración de utensilios para la comida, el deporte, la educación, entre otros formas de utilización.
Posteriormente, la Comisión de EcologĆa y Medio Ambiente de la LXII Legislatura, tambiĆ©n aprobó la iniciativa de reforma a los artĆculos 104 en su fracción II, y 109 en su fracción IV, de la Ley Ambiental del Estado de San Luis PotosĆ, que presentó el diputado Edgardo HernĆ”ndez Contreras.
Esta iniciativa plantea en la reforma al artĆculo 104 que la SEGAM en coordinación con los ayuntamientos para los efectos de este capĆtuloĀ promoverĆ” el mejoramiento de sistemas de recolección, tratamiento y disposición final de residuos sólidos urbanos y residuos de manejo especial implementando su recolección por dĆas diferenciados, para cada tipo de residuo sólido.
En el artĆculo 109, se busca que con el objeto de prevenir y controlar los efectos nocivos que pudieran ocasionar los residuos sólidos urbanos y de manejo especial, los respectivos municipios con la participación que corresponde al Gobierno del Estado, impulsarĆ”n una serie de programas.
āEn su fracción IV.- De concientización y organización ciudadana vecinal para promover la cultura, educación y capacitación ambientales; asĆ como la eliminación del uso de bolsas de plĆ”stico y popotes, promoviendo la clasificación y entrega separada a los servicios pĆŗblicos, o privados de recolección de los residuos sólidos y de manejo especialā.
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